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Laxitud en la norma permite aspiraciones cuestionadas



Una de las deudas que tiene el legislativo en materia de Reforma Política, es ajustar el régimen de inhabilidades para aspirar a cargos públicos, que evite que personas con investigaciones judiciales por vínculos con actores ilegales o delitos relacionados con el Lavado de Activos, continúen con su intención de seguir manejando los hilos del poder local o nacional.

Colombia se prepara para dar inicio a la campaña electoral que permitirá escoger alcaldes y gobernadores y desde ya comienzan a sonar nombres de personas cuestionadas por tener en curso investigaciones judiciales como son los casos de Yair Acuña, quien renunció a su curul en el Congreso de la República para aspirar a la gobernación de Sucre, y Dilian Francisca Toro, quien a pesar de no haber confirmado su deseo de manejar los destinos del departamento del Valle del Cauca, empezó a aparecer dentro de la lista de posibles candidatos.

Estos dos personajes enfrentan problemas judiciales, Acuña por Parapolítica y Dilian Francisca por Lavado de Activos. Legalmente no hay nada que les impida aspirar, porque la Ley 617 del año 2000, que es la norma que habla sobre las inhabilidades para ejercer el cargo de gobernador en sus artículos 30 y 36, se refiere únicamente al caso de “haber sido condenado a pena privativa de la libertad, salvo por delitos políticos o culposos”.

Esta laxitud en la norma es la que ha permitido que personas que no hayan sido condenadas, sigan aspirando sin importarles que más adelante puedan ser llamadas a juicio y posteriormente sentenciadas a pagar años de cárcel, porque su mayor interés de llegar a esos cargos, es el de fortalecer sus redes de apoyo para más adelante, a través de ellas, continuar manejando los hilos del poder.

Puede el partido político negarle el aval, y de nada va a servir, porque inmediatamente se dará a la tarea de aspirar creando su propio movimiento o utilizar la personería de uno más pequeño al anterior, que le permita mantener viva su candidatura. Es decir, haciéndole conejo a la ley.

La discusión que se presentó durante el primer período del expresidente Uribe que permitió dar inicio al orden en las bancadas de los partidos bajo la Ley 974 de 2005, dejó por fuera esta discusión. Lo mismo pasaría con el Acto Legislativo de 01 de 2009, que creó  una serie de responsabilidades a los partidos y movimientos políticos que avalen a personas que siendo elegidas, judicialmente se les establezca vínculos con actores ilegales y el narcotráfico.

Ahora cuando se encuentra vigente la discusión del Acto Legislativo denominado como “Equilibrio de Poderes”, debería pensarse en la posibilidad de discutir también en un ajuste en la norma, donde queden congelados los derechos políticos de personas que enfrenten problemas judiciales por vínculos con actores ilegales o por hechos relacionados con el Lavado de Activos, hasta tanto su situación no se haya definido en los tribunales, porque de lo contrario no será posible que el país logre superar la presencia de las mafias al interior de la función pública, porque la norma está hecha para que las cosas no cambien, por más que se quiera.

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