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El sometimiento de las bacrim en diez puntos

Foto: Vanguardia


El Gobierno Nacional a través del ministerio de Justicia acaba de presentar a consideración del Congreso de la República el Proyecto de Ley, a través del cual quienes hagan parte de organizaciones criminales al margen de la ley, se sometan a la justicia.

Con este proyecto se  se fortalece la investigación y judicialización de organizaciones crimínales y se adoptan medidas para la sujeción a la justicia misma.

Se trata de un documento de 30 páginas y que contempla un total de 57 artículos, en donde se traza la línea de sometimiento, judicialización e investigación colectiva de grupos delictivos organizados y los grupos armados organizados.

La Fundación Paz & Reconciliación lo resume en 10 puntos:

1. Endurecer las penas que deben enfrentar quienes integren o auxilien de alguna manera a las bacrim: Aumenta la pena para quienes incurran en concierto para delinquir. El castigo por este delito hoy se encuentra entre los 3 a 6 años de cárcel, si es aprobado, de ser hallarse culpable se le dictaría una sentencia de 4 a 9 años. Y si esa conducta deriva en graves crímenes que afecten a la población o el patrimonio del Estado, la pena se eleva a entre 8 y 18 años de cárcel además de una multa de 30.000 salarios mínimos.

2. El proyecto agrega un tipo penal para los grupos que “impidan u obstaculicen” la puesta en marcha de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) pactados en el acuerdo final de La Habana. La pena en ese caso sería de entre 4 a 6 años.

3. Quienes cometan delitos de contrabando de hidrocarburos y derivados, se expondrán a penas de 6 a 12 años de cárcel. También habrá penas y sanciones para las personas del común que asesoren a esos grupos, ya sea en temas contables, técnicos o científicos, siempre que esas tareas contribuyan a los fines ilícitos de la organización.

4. El proyecto provee herramientas jurídicas y amplía los plazos para que la Policía, el CTI y los fiscales tengan un amplio margen de maniobra a la hora de investigar, judicializar y tramitar los casos ante los jueces. Con estas medidas se busca conjurar el vencimiento de términos que impera hoy en la lucha contra las bacrim.

5. La fórmula de sometimiento para estos contempla dos grandes momentos, así:

* “Acercamiento colectivo”: a cargo del gobierno. Tiene que ver con un espacio en el que el líder o vocero de la bacrim manifiesta la intención grupal de afrontar la ley. A estos se les permitirá marchar a una “zona de reunión” en la que podrán permanecer por un tiempo breve, que el ministro de Justicia, estime  en no más de dos meses. * Solo dentro de ese perímetro, las órdenes de captura se congelarán mientras el grupo levanta actas con la individualización de cada integrante, y toda la información sobre armamento, bienes, el recuento de sus crímenes y el mapa de todas sus redes de apoyo.

* Se deberá entregar toda esa información al gobierno.

6. Tras esto, se inicia el momento de la “judicialización”, a cargo principalmente de la Fiscalía. Esta deberá verificar la información, recaudar el armamento, los bienes y entregar al ICBF a los menores involucrados.

7. Con base en todo esto, los fiscales formularán el “escrito de acusación colectiva” que presentarán ante un juez. Y este se desplazará a la zona de reunión para realizar una primera audiencia de verificación, y máximo diez días después deberá emitir fallo.

8. Las actas de individualización y aceptación de responsabilidad harán las veces de aceptación de cargos, con lo que se acorta considerablemente el proceso.

9. La sujeción a la justicia en ningún caso evitará la extradición de los miembros de estos  grupos armados organizados”.

10. Se habla de favorecimientos penales y económicos, pues cada procesado recibirá un descuento del 50 por ciento de la pena impuesta por el juez y el grupo podrá conservar el 5 por ciento de la fortuna que entregue en bienes.


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