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Se cumplió el anunciado saboteo a la JEP

Por: Redacción Pares


Como lo habían señalado con anterioridad analistas y expertos consultados por Pares, este domingo el presidente Iván Duque se dirigió al país anunciando que su gobierno objeta seis (6) artículos sobre la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial par ala Paz -JEP.


El presidente Duque tomó la decisión de realizar objeciones por razones de inconveniencia y en su alocución invitó a que el Congreso de la República las debata.


Según el Presidente, cada una de las observaciones hechas con el fin de modificar la Ley Estatutaria, buscan la mejora y la corrección de la Justicia Transicional.


Por su parte, ante el anuncio hecho por el gobierno, la presidenta de la JEP, Patricia Linares, respondió que la JEP seguirá trabajando plenamente pese a las objeciones presidenciales a la Ley Estatutaria.


La presidenta de la Jurisdicción Especial para la Paz añadió que «La JEP seguirá ejerciendo a cabalidad todas y cada una de sus competencias y funciones (…) ello para cumplir con el compromiso de contribuir a la obtención de la verdad plena, a la reparación integral de las víctimas y a la construcción de garantías de no repetición, aplicando al efecto justicia restaurativa y aportando a la reconciliación del país.»


«Otra decisión de Duque de ir para atrás»


Por su parte León Valencia, Director de Pares reaccionó frente al anuncio del gobierno y declaró «Las objeciones a la ley de funcionamiento de la JEP es otra decisión de Duque de ir hacia atrás para tratar de enterrar la justicia, la verdad y La Paz, pero no podrá, no tiene las mayorías para hacerlo, el país no se quedará quieto.»


En ese mismo sentido, Ariel Ávila, Subdirector de Pares manifestó que este anuncio es dañino para la seguridad jurídica del país «Increíble, aunque la Corte Constitucional declaró exequible la Ley Estatutaria de la JEP, el presidente Iván Duque objeta parte de esta ley. Es decir, va en contra del Estado de derecho y hace algo no ajustado al ordenamiento jurídico.»


Artículos de la Ley Estatutaria objetados por Duque


Según Duque, se trata de «construir una paz bien hecha» y no de desconocer el Acuerdo con las Farc. «Estas objeciones nos permiten apaciguar los justificados temores de un gran número de compatriotas frente a la impunidad, y también cumplirles a aquellos que genuinamente han escogido la ruta de la legalidad».


1.El Artículo 7: según el gobierno, porque no establece de manera clara la obligación principal de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas.

2. El inciso octavo del artículo 63: dice el gobierno que no determina el alcance de la competencia atribuida al Alto Comisionado de Paz para verificar la lista de quienes son reconocidos como miembros de los Grupos Armados que se sometan a un proceso de paz.

3. El inciso tercero del literal j del artículo 79: no precisa las diligencias judiciales que la Fiscalía debe abstenerse de realizar.

4. El Parágrafo 2 del artículo 19: que trata de la renuncia a la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra en relación con quienes no son máximos responsables.

5. El Artículo 150: referente a la extradición de personas por conductas posteriores a la firma del Acuerdo Final es inconveniente, debido a que no precisa lo que ya fue dicho en la ley de Procedimiento de la JEP cuando expresa que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas.

6. El Artículo 153: porque se condiciona la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo.

Esto, según el gobierno, produce un incentivo para el ingreso a la JEP de terceros bajo supuestos ofrecimientos de verdad. Esa ambigüedad puede ser utilizada para eludir responsabilidades ante la Justicia de otros Estados, manifestó el presidente Duque.


Dentro del paquete va una reforma constitucional


Adicionalmente, el gobierno presentará ante el Congreso una reforma constitucional para modificar el acto legislativo 01 de 2017


Existen al menos tres aspectos del actual ordenamiento constitucional sobre la Justicia Transicional que el Presidente considera que deben ser modificados.

Primer punto es la exclusión de los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes de la Justicia transicional.

Segundo punto, esta iniciativa de reforma constitucional debe dejar claro que quien reincida en actividades criminales perderá todos los beneficios.


Tercer punto, el acto legislativo debe dejar claro que todas las conductas delictivas que hayan iniciado antes del 1 de diciembre de 2016 y que continúen ejecutándose después de esa fecha serán competencia de la Justicia ordinaria.


Tan pronto se reanuden las sesiones ordinarias del Congreso de la República será radicado este acto legislativo para que sea discutido por los congresistas.


Conozca el texto original de los artículos objetados


Entre aquí para conocer la sentencia de la Corte Constitucional que decidió sobre el proyecto de Ley Estatutaria de la JEP. En el anexo 1 de este sentencia encontrará el texto original del proyecto de Ley Estatutaria.

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