top of page

Partido Conservador: el de más candidatos inhabilitados

Por: Redacción Pares


La Procuraduría General de la Nación, el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Dirección de Gestión Electoral de la Registraduría Nacional, entregaron este martes el listado con los nombres de los candidatos inscritos para las elecciones regionales de 2019 que presentan inhabilidades para aspirar, luego de que se hiciera el cruce de la base de datos del Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad (SIRI).


De acuerdo a lo revelado por el informe, hay 694 inhabilitados de 117.822 inscritos, lo que corresponde al 0,6 % de la totalidad de los candidatos que se inscribieron hasta el 27 de julio pasado y luego de las modificaciones finales que se hicieron ante la Registraduría Nacional hasta el pasado 4 de agosto.


Los cinco partidos políticos y movimientos con más candidatos inhabilitados son el Partido Conservador Colombiano (113),Partido Colombia Renaciente (66), Movimiento Autoridades Indígenas de Colombia – AICO (64), Partido Social de Unidad Nacional – Partido de la U (64) y Partido Cambio Radical (59).


De acuerdo al documento publicado por los entes de control, los departamentos en donde más hay aspirantes inhabilitados son Antioquia (75), Cundinamarca (72), Valle del Cauca (57), Boyacá (52), Tolima (48), Santander (42), Cesar (38) y Norte de Santander (38).


La mayor cantidad de inhabilitados aspiran a concejos (602), les siguen candidatos a juntas administradoras locales (61, y 46 son en Bogotá); alcaldías (20), y asambleas (11). El documento muestra que no hay candidatos a gobernaciones inhabilitados.



De los 694 inhabilitados por los entes de control, 560 presentan inhabilidad por alguna de estas cuatro (4) causales determinadas por la Ley 617 de 2000 en su artículo 40:

1. Quien haya sido condenado por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos; o haya perdido la investidura de congresista o, a partir de la vigencia de la presente ley, la de diputado o concejal; o excluido del ejercicio de una profesión; o se encuentre en interdicción para el ejercicio de funciones públicas.

2. Quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección haya ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio o distrito, o quien como empleado público del orden nacional, departamental o municipal, haya intervenido como ordenador de gasto en la ejecución de recursos de inversión o celebración de contratos, que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito.

3. Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito. Así mismo, quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito.

4. Quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio o distrito; o con quienes dentro del mismo lapso hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito.


Así mismo, quien esté vinculado entre sí por matrimonio o unión permanente o parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, y se inscriba por el mismo partido o movimiento político para elección de cargos o de corporaciones públicas que deban realizarse en el mismo municipio o distrito en la misma fecha».

bottom of page