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Así avanza la Paz en Nariño. Un incendio que podría apagarse

Por: Paola Marín




El pasado 31 de marzo, se dio a conocer el Decreto 0356 del 27 de marzo de 2025 a través del cual se fijan responsabilidades en el procedimiento para la recepción, registro, control y destrucción del material de guerra del Grupo Armado Organizado al Margen de la Ley-Comuneros del Sur. Desde la firma del Acuerdo de Paz del 2016, este podría ser, uno de los mayores avances, en lo que respecta a procesos de paz, en tanto genera un mecanismo claro de tránsito de grupos armados a la vida civil.


El proceso se encuentra inscrito dentro de la política de "paz total" como política de Estado, definida por la Ley 2272 de 2022, la cual se establece como medio para la superación del conflicto armado. En este contexto, el procedimiento de dejación de armas es realmente relevante, porque de los tableros de la paz que se llevan realizando hasta el momento, ningún otro grupo armado, había aceptado la entrega o la destrucción de armas, sobre todo, por el impacto simbólico sobre lo que podría entenderse como “rendimiento”. Sin embargo, más allá de esto, este gesto es el reflejo del compromiso del grupo armado para con el proceso de paz.


Cuando hablamos de procesos de paz, tendemos a olvidar que son muchas las experiencias en el mundo y que a pesar de que ninguna ha sido 100% exitosa, estas han sido determinantes en la superación de conflictos. De acuerdo con el Instituto para la Formación en Operaciones de Paz, la destrucción controlada y verificable del material bélico constituye una de las fases más sensibles del proceso de desarme, y su implementación adecuada ha sido determinante en diversos contextos internacionales para fortalecer la confianza entre las partes, consolidar el cese de hostilidades y avanzar hacia escenarios de paz. En el caso colombiano, el Decreto 0356 de 2025 establece con claridad los lineamientos para llevar a cabo esta etapa con el grupo Comuneros del Sur, delimitando las responsabilidades de la Fuerza Pública, la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia de la OEA (MAPP-OEA) y el Ministerio de Defensa, asegurando una ejecución técnica y transparente del procedimiento (Presidencia de la República de Colombia, 2025).


A nivel comparado, las experiencias en países como Costa de Marfil, Burundi, Liberia o Sierra Leona muestran que la destrucción física del armamento entregado tiene un valor funcional y simbólico. Simbólicamente, representa la ruptura del paradigma del uso de la violencia armada como mecanismo de mediación política o social; funcionalmente, impide la posible reutilización de las armas por parte de actores disidentes o bandas criminales, lo cual ha sido una fuente de recaída en conflictos en procesos fallidos. (Steenken, 2017).


En estos contextos, la verificación internacional, la participación comunitaria y la transparencia del inventario armamentístico son elementos claves. Por ejemplo, en el caso de la Operación de las Naciones Unidas en Côte d’Ivoire (ONUCI), se implementó un protocolo estricto de recolección, destrucción y documentación del material de guerra, lo que permitió demostrar avances concretos del proceso, generar legitimidad ante la ciudadanía y limitar la circulación de armas ligeras que suelen ser recicladas en conflictos posteriores (Peace Operations Training Institute, 2017). Similarmente, en Burundi, el DDR (Desarme, desmovilización y reintegración) incluyó acciones simbólicas como la “llama de la paz”, en la que se incineraron armas frente a las comunidades, como medida de reparación y confianza.

La no destrucción efectiva de armamento, por el contrario, ha generado efectos adversos en procesos como el de Angola o Liberia, donde las armas entregadas fueron posteriormente desviadas al mercado ilegal o reutilizadas por facciones que reanudaron las hostilidades. De ahí que los expertos en operaciones de paz y DDR consideren que el desarme debe estar acompañado de protocolos estrictos de destrucción, trazabilidad del inventario, y, sobre todo, de acuerdos verificables con respaldo político y técnico (Steenken, 2017).


En el contexto colombiano, el caso de Comuneros del Sur parece incorporar estas lecciones: la inclusión de la MAPP-OEA, el diseño de un protocolo específico suscrito en el Acuerdo Número 4, y la publicación de un decreto presidencial para asignar responsabilidades claras son señales de que se está apostando por una práctica técnica e institucionalizada del desarme. Esto no solo busca reducir la amenaza armada, sino también consolidar una narrativa de reconciliación en un territorio como Nariño, donde la legitimidad del Estado ha sido históricamente cuestionada.


Puntualmente, el Decreto 0356 asigna responsabilidades específicas a diversas entidades del Estado colombiano. Por su parte la Fuerza Pública es la encargada directa de ejecutar el procedimiento, mientras que el Ministerio de Defensa Nacional emite las directrices técnicas pertinentes. Asimismo, el decreto prevé la participación de la Procuraduría General de la Nación como ente vigilante de la legalidad del proceso, en cumplimiento de sus funciones constitucionales.


Cabe destacar el papel fundamental de la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia de la Organización de Estados Americanos (MAPP-OEA), que acompañara la recepción y verificación del material bélico entregado. Esta inclusión de una instancia internacional de verificación responde tanto a estándares del Derecho Internacional Humanitario como a criterios de confianza pública y legitimidad del proceso, conforme lo estipulan la Ley 418 de 1997 y la Ley 2272 de 2022. El decreto también estipula que las actividades deben estar financiadas por el Fondo de Programas Especiales para la Paz (FONDOPAZ) y el Ministerio de Defensa, garantizando así su sostenibilidad operativa (Ley 418, 1997; Decreto 0356, 2025).

Todo lo anterior, ha sido resultado de la creación y el funcionamiento de la Mesa para la Co-Construcción de Paz Territorial en Nariño. Esta instancia de diálogo está inscrita en el marco legal de las "regiones de paz" autorizadas por el artículo 88 de la Ley 418 de 1997, adicionado por la Ley 2272 de 2022, y fue formalmente reconocida mediante la Resolución Presidencial 369 del 13 de septiembre de 2024.


La Mesa ha funcionado como un espacio participativo que ha reunido al Gobierno nacional, autoridades locales, comunidades del territorio y representantes del grupo armado de Comuneros del Sur. Su agenda de trabajo ha girado en torno a la transformación territorial, entendida como la superación de economías ilegales y la consolidación de condiciones estructurales para la convivencia pacífica y el desarrollo sostenible. Este enfoque reconoce la interdependencia entre la seguridad humana, la justicia social y la institucionalidad democrática, y propone una paz arraigada en las realidades locales del suroccidente colombiano (Ley 2272, 2022; Decreto 0356, 2025).


La Mesa para la Co-Construcción de Paz Territorial en Nariño no solo ha permitido avanzar en aspectos operativos como la dejación de armas, sino que ha abierto caminos para que las comunidades de Nariño sean protagonistas de una paz con justicia territorial, en la cual la voz de las víctimas, líderes sociales y organizaciones locales adquiere un rol vinculante en la redefinición del orden político y social del departamento.


Finalmente, es importante destacar que el proceso de recepción, registro, control y destrucción del material de guerra entregado por Comuneros del Sur tiene una duración definida de tres meses contados a partir de la publicación del Decreto 0356 de 2025, concluyendo así el 27 de junio de este año. Esta delimitación temporal no solo introduce un componente de urgencia técnica, sino que también permite articular el desarme como un paso inicial dentro de una agenda más amplia de construcción de paz territorial. Parece que estamos en un punto, donde la Mesa para la Co-Construcción de Paz Territorial en Nariño ha trascendido la dimensión humanitaria de otras mesas de negociación o dialogo, poniendo la lupa en el foco militar del desarme y abriendo espacios de diálogo sobre mecanismos de justicia transicional, estrategias para el desminado humanitario y, en general, la reparación integral del tejido social afectado por el conflicto.


Así, se han conformado cinco grupos de trabajo que abordan temas clave como el retorno seguro de pobladores desplazados, la atención diferenciada a niños y niñas en condición de reclutamiento, el tratamiento humanitario de los casos de desaparición forzada, el fortalecimiento de las autoridades étnicas y comunitarias, y el trabajo integral contra minas antipersonal, que ya venía siendo adelantado en la región.


Referencias.

Ley 418 de 1997. Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial No. 43.148.

Ley 2272 de 2022. Por medio de la cual se prorroga, modifica y adiciona la Ley 418 de 1997. Diario Oficial No. 52.203.

Peace Operations Training Institute. (2017). Desarme, desmovilización y reintegración (DDR): descripción general práctica (2.ª ed.). Cornelis Steenken. Williamsburg, VA: Peace Operations Training Institute.

Presidencia de la República de Colombia. (2025). Decreto 0356 del 27 de marzo de 2025. Por el cual se fijan responsabilidades en el procedimiento para la recepción, registro, control y destrucción del material de guerra del Grupo Armado Organizado al Margen de la Ley-Comuneros del Sur.

 

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