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¿Colombia es el país más peligroso del mundo para defender los derechos humanos?

Por: Nataly Paez





El pasado 14 de febrero, la Fiscalía General de la Nación (FGN) en cabeza de la fiscal Luz Adriana Camargo, llevó a cabo un acto público donde se presentó el informe de investigación y judicialización de delitos contra personas defensoras de Derechos Humanos, en cumplimiento de la sentencia SU-546 de 2023 de la Corte Constitucional, la cual declara un Estado de Cosas Inconstitucional[1] como consecuencia de la violación sistemática, masiva y generalizada de los derechos de líderes sociales y defensores de derechos humanos en Colombia.


La Comisión de Seguimiento a la sentencia hizo parte del acto público de presentación del informe, allí Andrea Garzón y Soraya Gutiérrez voceras de la Comisión creada por organizaciones de la sociedad civil, insistieron en la necesidad urgente de implementar cambios significativos en la FGN para centralizar las investigaciones, difundir la sentencia del Estado de Cosas Inconstitucional en las fiscalías territoriales, garantizar que se investiguen los motivos detrás de los asesinatos, priorizar la identificación de los autores intelectuales y desmantelar las estructuras criminales responsables.


 

¿Por qué es relevante la presentación de este informe?


En el marco de la sentencia SU-546 de 2023, se reconoce la existencia de fallas estructurales en el cumplimiento de los deberes del Estado social de derecho, y se señala la persistencia de una frágil capacidad institucional por implementar de manera efectiva medidas de protección que salvaguarden la vida de los liderazgos sociales en el país. En ese sentido, en su fallo, la Corte Constitucional emite tres tipos de ordenes para atender tanto las fallas institucionales como la complejidad del fenómeno, entre estas órdenes se encuentran: (i) órdenes relativas a los casos concretos, (ii)  órdenes intermedias, (iii) ordenes estructurales para la adopción de un Plan Integral de Protección. Estas órdenes involucran directa o indirectamente a la FGN, particularmente hay tres órdenes intermedias que fueron dirigidas específicamente hacia la entidad.


Bajo este contexto, en la orden intermedia decimonovena la Corte Constitucional precisa la presentación de un acto público/ un informe anual que dé cuenta de las estadísticas de esclarecimiento frente a los delitos contra líderes sociales, identificando los patrones delictivos, y diferenciando las tasas de imputaciones, condenas o absoluciones.


Es por esto que, la presentación de este informe adopta especial relevancia bajo un escenario de extrema vulnerabilidad donde los liderazgos sociales y personas defensoras de derechos humanos se ven expuestos a varios escenarios de riesgo en medio de la conflictividad armada existente en varias zonas del país.


Con la presentación de este informe no solo se da cumplimiento a lo requerido por la Corte Constitucional, sino que también se visibilizan los avances, dificultades, falencias y limitaciones en materia de investigación y judicialización, ya que la presentación del informe destaca tanto los logros alcanzados, como los retos pendientes y los compromisos futuros de la Fiscalía. Esto incluye la necesidad de mejorar la efectividad de las investigaciones, fortalecer el enfoque territorial, la protección de las víctimas, y superar visiones reduccionistas basadas en entender la judicialización del autor material como un hecho suficiente para alcanzar el esclarecimiento.

 


¿Cuáles son los hallazgos del informe?[2]


El informe detalla un total de cinco apartados entre los que se incluyen: (i) una presentación de datos estadísticos sobre homicidios contra personas defensoras de derechos humanos investigadas por la fiscalía entre 2016 y 2024, (ii) un análisis de los patrones de criminalidad que obstaculizan el ejercicio del liderazgo social,(iii) una exposición sobre la metodología de investigación de las organizaciones criminales, (iv) un análisis de las dinámicas regionales de macro criminalidad, y (v) una descripción de algunos datos estadísticos sobre delitos diferentes del homicidio doloso, como: amenazas, delitos sexuales, feminicidios, y desaparición forzada.


De manera general, los principales hallazgos de la fiscalía señalan que al menos 1.372 lideres y personas defensoras de derechos humanos fueron asesinadas entre 2016 y 2024, de estos casos existe un total de 1.322 procesos con 1.381 víctimas, que son investigados por la fiscalía. 


Se identificó que los hombres lideres y defensores de DD. HH son los mayormente afectados con un total de 1.149 víctimas, en seguida de las mujeres con 145 asesinatos, y la población LGBTIQ+ con un total de 35 victimas durante el periodo de tiempo mencionado.


Además, se observó que en 227 casos la fiscalía finalizó el proceso a través de un fallo definitivo, el equivalente al 43% de todos los casos con imputación (527). A su vez, la tasa de imputación respecto al total de 1.322 casos fue del 40% equivalente a 527 casos, lo que significa que casi en la mitad de los casos conocidos, la fiscalía ya identificó a los responsables y los vinculó a procesos judiciales.


Asimismo, se identificó que en el 68% de los 1.322 casos de homicidio contra lideres sociales y personas defensoras de derechos humanos se perpetraron en el entorno rural. Estos hechos coinciden con la presencia de actores armados u otras organizaciones criminales que obtienen rentas de las economías lícitas e ilícitas. De la misma manera, se identificó que, estos casos de violencia homicida, además de ocurrir en la ruralidad, afectan a grupos de especial protección constitucional, como la población indígena o la población afrodescendiente.


Por otra parte, se evidenció que el liderazgo comunal es el mayormente afectado con un total de 373 víctimas, enseguida del liderazgo comunitario con 223 casos, liderazgo indígena con 219 homicidios, liderazgo campesino con 119 víctimas, y el afrodescendiente con 49 asesinatos. De igual forma, se evidenció que el 52% de los homicidios contra personas defensoras de derechos humanos se concentró en cinco departamentos: Cauca, Antioquia, Valle del Cauca, Nariño y Norte de Santander.


Finalmente, como producto de la metodología de trabajo de la Unidad Especial de Investigación, se constató que las disidencias de la FARC-EP fueron responsables de 214 casos, equivalente al 40% de los 527 casos en los que la fiscalía ya vinculó a los responsables a un proceso judicial. Este grupo armado, se categorizan como el principal agresor, enseguida del Clan del Golfo con 90 homicidios y el ELN con 55 asesinatos.



¿Cuál es el camino a seguir?


La presentación del informe sobre la investigación y judicialización de delitos contra personas defensoras de derechos humanos, en cumplimiento de la sentencia SU-546 de 2023 de la Corte Constitucional, representa un avance parcial en la lucha contra la impunidad, puesto que, aún existen desafíos significativos para garantizar la justicia y la protección efectiva de líderes y defensores de derechos humanos.


Si bien se reconocen avances en las investigaciones, es fundamental mejorar su efectividad, asegurando que no solo se sancione a los autores materiales de los crímenes, sino también a sus autores intelectuales, quienes continúan operando y perpetuando las dinámicas de violencia. Para ello, es crucial fortalecer la coordinación intrainstitucional, garantizando un trabajo articulado entre la Fiscalía General y las fiscalías territoriales. La unificación de criterios y la correcta aplicación de los lineamientos en todos los niveles son esenciales para mejorar los procesos de judicialización.


Asimismo, resulta imprescindible reforzar las relaciones interinstitucionales y multisectoriales , promoviendo una colaboración más estrecha entre la Fiscalía y otras entidades del Estado. Solo mediante una respuesta integral y coordinada se podrá fortalecer la confianza en el sistema de justicia, garantizar el derecho a la verdad y avanzar en la erradicación de la impunidad.


Además, es fundamental priorizar a las víctimas en todas las etapas del proceso, asegurando su participación efectiva y el respeto por sus derechos. Para ello, es necesario ampliar y fortalecer los canales de comunicación y recepción de denuncias, así como establecer un sistema regular de reuniones con las víctimas que garantice su acceso a la información y su involucramiento en la toma de decisiones.


Por último, se destaca la necesidad de continuar reforzando el enfoque territorial en las investigaciones, que tenga en cuenta las dinámicas criminales y las particularidades de cada región. Esto implica adaptar el trabajo de la Fiscalía a las realidades de los territorios y las condiciones específicas de las víctimas, asegurando así una respuesta más eficaz y contextualizada frente a la violencia que enfrentan los líderes y defensores de derechos humanos en el país.



Referencias

Fiscalía General de la Nación (2025). Acto público informe investigación y judicialización de delitos contra personas defensoras de DD.HH.[Vídeo]. YouTube. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=yl1LI9rX6-M

 


[1]Es preciso recordar que, la declaración de un Estado de Cosas Inconstitucional se establece “cuando determinada población se encuentra expuesta a una situación de vulneración sistemática de sus derechos humanos, que no puede puede ser abordada a través del establecimiento de órdenes individuales, sino de medidas estructurales que puedan contribuir a la superación de la crisis” (Comisión de Seguimiento de la Sociedad Civil -COSESU, 2024)

[2] Para abordar los hallazgos de informe es necesario tener presente el concepto de esclarecimiento asumido por la Fiscalía, ya que hace algunos años se entendía el esclarecimiento de un delito como cualquier avance en la investigación, incluida la orden de captura, la formulación de imputación o el traslado de un escrito de acusación. Ahora, la Fiscalía precisó que esta metodología fue reevaluada, y actualmente el termino de esclarecimiento se concibe bajo el número de sentencias de condena en firme y el logro de acuerdos avalados por jueces de la república.

 

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