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Con el regreso del glifosato volverán los paros cocaleros

Por: Daniela Quintero. Redacción Pares

La fumigación y aspersión de glifosato contra los cultivos de uso ilícito han suscitado profundos debates en la opinión pública. Para el gobierno del presidente Iván Duque esta práctica es necesaria para erradicar los plantíos, mientras los partidos de oposición y organizaciones de derechos humanos han expresado total rechazo debido a las consecuencias negativas que trae para la salud y el medio ambiente.


Así las cosas, Duque mantiene la posición de utilizar el herbicida de forma aérea para reducir el número de sembradíos de coca que tienen al país como el primer productor y exportador de cocaína. Por consiguiente, solicitó un concepto a la Corte Constitucional para que definiera cómo debe proceder el Estado con respecto a esta técnica. Puesto que, en la actualidad se fumiga únicamente en tierra.


Lo que dijo la Corte Constitucional


El jueves el alto tribunal se pronunció frente al tema y en definitiva no modificó la sentencia 236 del 2017, surgida por un derecho de petición de una comunidad en el municipio de Nóvita. En ese sentido, realizó una serie de precisiones y restricciones.


Está por ejemplo que el Consejo Nacional de Estupefacientes aún no puede implementar el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante Aspersión Aérea con Glifosato (PECIG), y en ese sentido, debe mantenerse en la erradicación de forma manual. Asimismo, la línea del blindaje constitucional al Acuerdo de Paz, es decir, mantener e impulsar el plan de sustitución de cultivos de uso ilícito por lícitos.


Sin embargo, dejó la posibilidad de implementar la aspersión aérea si se diseñan unas medidas legales y reglamentarias que sean pertinentes con las siguientes características, de acuerdo con la sentencia:


1. La regulación debe ser diseñada y reglamentada por un órgano distinto a las entidades encargadas de ejecutar los programas de erradicación de cultivos ilícitos, e independiente de esas mismas entidades.

2. La regulación debe derivarse de una evaluación del riesgo a la salud y otros riesgos, como el riesgo al medio ambiente, en el marco de un proceso participativo y técnicamente fundado. Este proceso de evaluación deberá realizarse de manera continuada.

3. El proceso decisorio deberá incluir una revisión automática de las decisiones cuando se alerte sobre nuevos riesgos. La legislación o reglamentación pertinente deberá indicar las entidades con la capacidad de expedir dichas alertas, pero como mínimo deberá incluirse a las entidades nacionales y del orden territorial del sector salud, las autoridades ambientales y las entidades que conforman el Ministerio Público.

4. La investigación científica sobre el riesgo planteado por la actividad de erradicación, que se tenga en cuenta para tomar decisiones, deberá contar con condiciones de rigor, calidad e imparcialidad, de acuerdo con los parámetros fijados en el apartado 5.4.3.4 de esta providencia.

5. Los procedimientos de queja deberán ser comprehensivos, independientes, imparciales y vinculados con la evaluación del riesgo.

6. En todo caso, la decisión que se tome deberá fundarse en evidencia objetiva y concluyente que demuestre ausencia de daño para la salud y el medio ambiente.


En ese sentido, el exsenador del partido Centro Democrático, Alfredo Rangel, expresó molesto desde su cuenta de Twitter que “ante la terquedad de la C. Constitucional al Gobierno no le queda otra salida que empezar ya la fumigación con glifosato de los cultivos de coca, y después debatir sobre sus supuestos efectos. La seguridad nacional por encima de los caprichos de la Corte”.


Posible paro cocalero


De acuerdo con Ariel Ávila, analista de la Fundación Paz y Reconciliación-Pares, con la decisión de la Corte Constitucional se relativizó el principio de la certeza absoluta sobre el principio de precaución de la utilización del glifosato tanto en el medio ambiente, como para la salud de los seres humanos.


“Esto significa que el Consejo Nacional de Estupefacientes empezará las fumigaciones, y el día que empiecen las fumigaciones comenzará un gran paro cocalero, similar al que tuvimos en los años 95, 96 y 97 en la época Samper, y vamos a tener 300 mil campesinos en las carreteras faltando un mes para las elecciones locales y van a incendiar este país”, señaló el analista.


En segundo lugar, estaría el desconocimiento al tema de las consultas previas para el tema de consejos comunitarios y resguardos indígenas, puesto que, son las poblaciones más afectadas por esta práctica, sin embargo, si se implementa de manera unilateral no habría consenso con los habitantes, los principales afectados.


“Lo tercero es el principio de precaución: uno lo puede aplicar de forma restrictiva o de forma ampliada, yo lo aplicaría de forma restrictiva, es decir, si hay una sola duda de que el glifosato produce cáncer, no fumigo. Pareciera que el gobierno lo va a aplicar de forma ampliada, y aunque haya muchas dudas, y hasta una sentencia en el estado de California que dice que el glifosato produce cáncer, aun así, van a fumigar”, concluyó Ávila.


En definitiva, la Corte mantuvo la fumigación manual con glifosato, sin embargo, dejó alta la posibilidad de que el Consejo ajuste las recomendaciones dadas por el tribunal y en ese sentido, pueda empezar a emplear este herbicida.

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