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El hidrógeno blanco en Colombia, el hijo del Plan de Desarrollo del que poco se habla

Por: Daniela Bernier Pacheco




En Colombia se viene hablando del hidrógeno verde y de su protagonismo en la Transición Energética, sin embargo, muy poco se ha hablado del hidrógeno blanco en Colombia y es a pesar de que fue definido mediante el Plan Nacional de Desarrollo Colombia potencia mundial de la vida (Ley 2294 de 2023 artículo 235) y reglamentado por el Decreto 2235 de 2023, aún es extraño hablar sobre él.


El hidrógeno blanco es definido de la siguiente manera:


Es el hidrógeno que se produce de manera natural, asociado a procesos geológicos en la corteza terrestre y que se encuentra en su forma natural como gas libre en diferentes ambientes geológicos ya sea en capas de la corteza continental, en la corteza oceánica, en gases volcánicos, y en sistemas hidrotermales, como en géiseres y se considera FNCER (Ley 2294, 2023, art. 235)


Puede decirse que es el hidrógeno natural que se produce en el subsuelo; Al encontrase de manera natural no requiere un proceso de electrolisis como el hidrógeno verde, sin embargo, este último es considerado el hidrógeno sostenible por excelencia.


Sin embargo, el hidrógeno blanco de acuerdo a Ricardo Roa Ceo de Ecopetrol el costo relacionado a la explotación del mismo se estima en 1 USD/kg cero emisiones del CO2 para su generación debido a que se encuentra libre en el subsuelo, es decir, que es costo de explotación es menor al hidrógeno que se produce a través de otras fuentes.


Además, señaló, que de acuerdo a estudios realizados por Ecopetrol en el país se han encontrado concentraciones de hasta 40.000 partes por millón (ppm) en los pozos perforados a lo largo de la cuenta de los llanos, estos valores son de la misma magnitud del caso del campo Borakebougou en Malí (África) y hoy suple la demanda de energía de una población que no se encontraba electrificada.


Ahora bien, el Decreto 2235 de 2023 estableció que el Ministerio de Minas y Energía o la entidad que este designe, determinarán los lineamientos y demás requerimientos que deberán cumplir los proyectos para la realización de estudios de evaluación de hidrógeno blanco y otros gases y/o sustancias asociadas para su exploración y explotación.


La reglamentación deberá ser expedida dentro de los 12 meses posteriores a la entrada en vigencia del Decreto, es decir, que aún el Ministerio de Minas y Energía o la entidad que el mismo designe aún se encuentran dentro del término para expedir la regulación pues el Decreto fue publicado el 22 de diciembre del año pasado.


En consonancia con lo anterior, el Decreto señala que el gobierno nacional colocará en marcha los instrumentos necesarios para incentivar los estudios de evaluación, exploración y explotación y aprovechamiento del hidrógeno blanco.


Podría decirse entonces, que el hidrógeno blanco es una realidad en el país y con él, se explorará otra fuente no convencional de energía renovable que favorecerá aún más la diversificación energética del país en materia de Fuentes No Convencionales de Energía Renovables.

 

 

 


 

Referencias:

Congreso de la República de Colombia. (19 de mayo de 2023). Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia potencia mundial de la vida” [Ley 2294 de 2023] DO: 52.400 http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_2294_2023.html


Falta citar al ceo de Ecopetrol y el Decreto …

 

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