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El polémico decreto que beneficiaría a los banqueros

Por: Laura Cano. Periodista Pares.


¿De nuevo el Gobierno protegiendo el sector privado? Esa es una de las preguntas que deja el Decreto 558 implementado recientemente por Iván Duque ante la emergencia económica, social y ecológica que se vive en el país con la propagación del Covid-19. El documento, que sale amparado por el artículo 47 de la Ley Estatutaria 137 de 1994 que faculta al Gobierno para que, en virtud de la declaración del Estado de Emergencia, pueda dictar decretos con fuerza de ley, da los lineamientos de cómo funcionará el Sistema General de Pensiones durante la pandemia.


Otra de las preguntas que deja este Decreto es ¿podría esta medida darle vía libre a la Reforma Pensional contra la que muchos salieron a las calles en el marco del Paro Nacional?

Lo cierto es que el documento plantea, por una parte, la disminución temporal en la cotización a los fondos de pensiones, pues durante los períodos de abril y mayo el pago será del 3% del ingreso base de cotización.


Esto, según lo expresado en el Decreto, para disminuir las cargas económicas de empleadores, con el fin de que estos puedan concentrar sus esfuerzos económicos en mantener las nóminas de trabajadores y continuar con el pago de los salarios.


En ese sentido, la medida disminuiría la carga a los trabajadores independientes, ante las restricciones de ingreso que genera la medida del aislamiento obligatorio, permitiéndoles contar con el aseguramiento de los riesgos derivados de la invalidez y sobrevivencia que ofrece el Sistema General de Pensiones.


Sin embargo, y ante un primer panorama que parece favorecer a las y los trabajadores, al igual que a los empleadores, los cuestionamientos van en saber si bajo esta premisa la responsabilidad de los fondos de pensiones privados ahora la debe asumir Colpensiones.


Este cuestionamiento aparece luego que en uno de los apartados del Decreto se informa que “Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías deberán trasladar a Colpensiones, en un plazo no mayor a cuatro (4) meses, los recursos o activos del Fondo Especial de Retiro Programado y la información correspondiente a los pensionados que a la fecha de expedición de este decreto presenten una descapitalización en sus cuentas”.


Fondos privados y recurso público ¿cuál es la prioridad?


Se dice que las medidas son para proteger a los pensionados que hacen uso de la modalidad de retiro programado, el cual se basa en un ahorro que aumenta a través de intereses, que luego se usa para pagar mensualmente la pensión (este pago no puede ser menor a un salario mínimo legal vigente).

Sin embargo, la que parece ser la preocupación del Gobierno es que los fondos privados, por la actual crisis, no ‘puedan’ solventar las responsabilidades que tenían con quienes están afiliados a entidades como Porvenir, Colfondos, Protección, y Skandia, incluso cuando en los dueños de estos resaltan nombre como: Luis Carlos Sarmiento Angulo y el Grupo Empresarial Antioqueño.


Así, tras “una posible descapitalización de las cuentas individuales de ahorro pensional que soportan el pago de sus mesadas, en los años 2020 y 2021 se permitirá a las administradoras de fondos de pensiones acceder al mecanismo de conmutación pensional de que trata la ley 550 de 1999″.


Si bien, en las afirmaciones oficiales se plantea que se está velando por la protección de las y los pensionados y de quienes están próximos a hacerlo, lo que representa casi 20.000 personas cerca a jubilarse, tras esto hay más cuestionamientos de los expuestos en los anteriores párrafos.


Por ejemplo, la senadora Angélica Lozano expresó a través de su cuenta de Twitter que: “Con el Decreto los afiliados a los fondos privados les reconocen las semanas, pero nada de aportes, es decir, las AFP se les pagan comisiones de administración de dinero que no entran en la cuenta de los afiliados”. Además, afirmó que, “cerca de la mitad de los retiros programados de vejez ya estaban desfinanciados antes de la pandemia”.


Por otra parte, la representante a la Cámara, Ángela María Robledo twitteó: “Si los Fondos de Pensiones no pueden responder por los pagos de pensionadas y pensionados que están en retiro programado, entonces que se acaben y se fortalezca Colpensiones. Además de ser incapaces de responder por sus afiliados, le pasan la responsabilidad al Estado”.


¿A dónde se fueron las ganancias de los fondos privados?


Según lo informado por la Revista Dinero en febrero de este año, en el 2019 los fondos obligatorios de pensiones registraron las ganancias más altas en los últimos 25 años, con un total de $39,7 billones.


Asimismo, estos fondos crecieron en la cantidad de afiliados que tenían en el 2018, donde en relación con el año pasado, hubo un crecimiento de 5.8%, completando 16.5 millones de afiliados. Según lo citado en la publicación, Santiago Montenegro, Presidente de Asofondos afirmó que “Estamos creciendo tres veces más que lo que ha crecido en afiliados la entidad pública en igual periodo”.


De estos afiliados se registra que el 82% en entidades como Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia están en edades cercanas a los 44 años, además que un porcentaje similar cotizan entre uno (1) y dos (2) salarios mínimos, y que solo el 7.6 paga pensiones con base a más de cuatro (4) salarios mínimos.

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