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El tormentoso proceso para elegir contralor general

Por: Diego Alejandro Pedraza Corredor

Asistente de investigación Línea Gobernabilidad y Democracia




En medio del agitado panorama político y social que se mueve en Colombia, se han generado muchas preguntas alrededor de la institucionalidad. Pero hay una que sigue descansando en los anaqueles del silencio y el olvido, como es el caso de la elección del contralor general.

 

El caso, que puede ser considerado como el primer pulso legislativo que enfrentó la bancada del presidente Petro, sigue sin resolverse. Y aunque la Corte Constitucional entregó luz verde para que el proceso se reiniciara, hasta el momento, nada nuevo ha ocurrido y la interinidad continua en la entidad.

 

La situación sigue sin definirse, pese a que desde el día 24 de abril, el Congreso tiene la orden del órgano de cierre, de reconfeccionar el proceso y dar origen a una última lista de la cual debe salir el contralor general.

 

¿Pero, que fue lo que pasó?

 

El caso se remonta al 18 de agosto de 2022, cuando Carlos Hernán Rodríguez, logró el que hasta ese entonces sería el mayor triunfo de su vida pública. El Congreso en pleno lo escogió como contralor general para el cuatrienio 2022-2026. Sin embargo, el viento del éxito voló rápido y antes de cumplir el primer año salió del cargo al ser declarada nula su elección.

 

Desde mayo de 2023 y hasta el día de hoy, Carlos Hernán Rodríguez ha utilizado cuanto mecanismo ha tenido para garantizar su regreso al ente de control sin tener éxito alguno. Su elección viciada por los movimientos políticos del momento, sigue dejando muchas dudas, dudas que se acrecientan cuando se ve la desidia del mismo gobierno por definir de facto la situación de uno de los entes de control más importantes que tiene el país.

 

La historia se remonta al proceso que inició a principio de 2022 y que, con apego a la ley 1904 de 2018[1], sería el Congreso saliente el encargado de conformar la comisión accidental que escogería a los diez candidatos finales. Para garantizar la transparencia, el presidente del Senado para el periodo 2021-2022, el conservador Juan Diego Gómez, abrió la convocatoria pública para la cual se presentaron más de 200 aspirantes.

 

Para completar el proceso, se seleccionó por medio de la secretaría general del Senado a la Universidad Industrial de Santander (UIS) como la encargada de ejecutar las pruebas de conocimiento y aptitudes y la revisión de las hojas de vida y antecedentes de todos los candidatos.

 

Después de este proceso, es la universidad la que entrega una lista de preselección de 20 candidatos quienes, en amparo del proceso, habían sido los mejor calificados en las pruebas aplicadas por la UIS[2] con base en los criterios de formación, experiencia profesional y publicaciones indexadas. A continuación, el listado entregado por la UIS:

  

Fuente: Senado de la República[3]


Con los listados en mano, la mesa directiva del Congreso conforma una comisión accidental con miembros de todos los partidos políticos que tenían asiento en el capitolio. Dicha comisión efectuó su trabajo y por medio de un proceso de entrevistas en donde escuchó a los 20 candidatos deliberó y seleccionó los que consideraban eran los mejores diez.

 

La primera lista de diez aspirantes finales quedó conformada de la siguiente manera, en orden alfabético:



Causa curiosidad que de este primer listado no aparecen a hoy los resultados finales de ponderación por parte de la comisión accidental del congreso, tal y como se puede registrar en la página del repositorio de archivos de la entidad[4].



Primeros vicios del proceso

 

Conformada la primera lista, comienzan los primeros problemas alrededor del proceso cuando la ciudadana Dalal Karime Dager Nieto interpone una acción popular ante el Tribunal de Cundinamarca para que se ordene la reconfección de la lista, argumentando que el congreso había violado el principio de equidad de género y de mérito.

 

En la argumentación, Dager Nieto señala que la ley exige el cumplimiento de la llamada “ley de cuotas” que obliga a que el 30% del total deben ser mujeres[5].

 

Ante esto el Tribunal Administrativo de Cundinamarca dictó medidas cautelares ordenando rehacer la lista final de elegibles para el cargo de contralor, advirtiendo que:

 

"... Esta Magistratura advierte que la mencionada comisión, sin que mediara justificación alguna, seleccionó de dichos ciudadanos a 10 participantes, sin que estos fueran los que obtuvieran los mejores resultados, pues se dejó de lado, por ejemplo, a aquel que obtuvo el segundo lugar y tuvo en cuenta únicamente dos mujeres, cuando existía una tercera con un puntaje igual a uno de los incluidos"[6], dice el fallo del Tribunal. 


A este golpe jurídico que recibía el proceso, había que sumar que el nuevo congreso que había llegado en 2022 y que en su mayoría era afín al gobierno electo, exigía la reconformación de la lista por considerar que el anterior congreso no era el idóneo para conformar la comisión accidental que escogiera a los aspirantes finales.


La historia de la segunda lista


En medio de los vaivenes políticos y las disputas al interior del legislativo, el tribunal se vuelve a pronunciar argumentando que el cumplimiento del fallo no implica cambiar todos los nombres de la lista sino atender al criterio de la cuota de género y el principio de mérito[7].

En concordancia con esto, la nueva mesa directiva debía subsanar los errores del proceso sin desbaratar las etapas que ya habían sido surtidas de manera correcta. Se esperaba entonces que en la lista ingresara una mujer adicional y el candidato Julio César Cárdenas Uribe, quien en las pruebas de conocimiento había obtenido un puntaje de 84,5.


Basado en eso, la mesa directiva, en cabeza del presidente del congreso 2022-2023, el entonces senador Roy Barreras, emitió la resolución 002 del 27 de julio de 2022[8], en la cual ordenaba subsanar el proceso a partir de la etapa 5 (que responde al momento en que la comisión accidental escoge los 10 candidatos finales de la lista de preseleccionados por la Universidad Industrial de Santander.


Para dar cumplimiento a la resolución de la mesa directiva, se debía convocar una nueva comisión accidental que basados en el criterio y en atención al fallo del tribunal, debía conformar la nueva lista de 10 candidatos finales según los criterios de género y de mérito.

Para esta convocatoria, se emite la resolución 001 del 1 de agosto de 2022, que convoca la nueva comisión accidental. De la primera selección varios congresistas renunciaron por temor a incurrir en prevaricato y los partidos Cambio Radical y Centro Democrático se apartaron del proceso.


Con el nuevo conflicto, se recurrió a las vías políticas y sería precisamente el manejo de Roy Barreras el que lograría subsanar los puntos finales para llegar a conformar la comisión final, que quedaría de la siguiente manera:



La convocatoria incluía a los senadores Jorge Benedetti y Carlos Jiménez de Cambio Radical y Honorio Henríquez y Enrique Cabrales del Centro Democrático, quienes desde el momento inicial se apartaron de la comisión accidental.


En la Cámara, la comisión quedaría conformada de la siguiente manera:



En respuesta a los fallos y a la convocatoria nueva, la comisión accidental escogió la lista de 10 finales según los criterios de paridad y mérito. Estos fueron los elegidos en la segunda lista, de acuerdo con la ponderación total de los puntajes:





En detrimento de la primera lista, quedaron por fuera Luis Alberto Rodríguez quien para la fecha era el candidato del contralor Felipe Córdoba, por no cumplir con la edad de elección (35 años), Aníbal Quiroz y Juan Carlos Gualdrón por orden de méritos.


Aparece la tercera lista


Cuando ya se veía una lista definitiva apareció una nueva traba al proceso, cuando la candidata Karol González renuncia a la lista y obliga según la mesa directiva a incluir un nuevo candidato. Para ese momento, de la lista de 20 que había presentado la Universidad Industrial de Santander ya habían renunciado 6 candidatos, que sumados a la renuncia de Karol González, obligaba a conformar una nueva lista con los 13 restantes.


Esta lista nuevamente tendría trabas jurídicas, ya que dentro de los 13 candidatos restantes solo quedaban elegibles 4 mujeres. El presidente del congreso se movió por las quínelas políticas y logró subsanar el nuevo impase para sacar la lista definitiva que quedó conformada de la siguiente manera:




De esta lista final, fue que se escogió a Carlos Hernán Rodríguez como Contralor General. Causa curiosidad pensar que el contralor electo no había entrado en la primera lista porque la calificación que arrojó la Universidad Industrial de Santander fue de 78 puntos, los cuales se incrementaron cuando el entonces candidato, Rodríguez Becerra, se sometió a la entrevista del nuevo congreso.

 

La suspensión

 

Con el periodo marchando y con las mil y un voces que ya alertaban sobre los juegos burocráticos del contralor Rodríguez, en junio de 2023 el Consejo de Estado por medio de la sección quinta falló en contra indicando que en el trámite de la elección “se desconoció lo dispuesto en los artículos 126 de la Constitución Política, 21 de la Ley 5 de 1992 y 6 y 9 de la Ley 1904 de 2018 por cuanto, entre otros aspectos, se elaboró una tercera lista de elegibles y se variaron los parámetros de calificación inicialmente fijados en la convocatoria, sin ninguna justificación”.[9]

 

Y señalando, que adicionalmente: “Se encontró que la sesión plenaria en que el señor Rodríguez Becerra resultó elegido, no fue convocada con la antelación establecida en la ley. En suma, se declaró la nulidad de su elección y se ordenó rehacer todo el proceso de selección a partir de la convocatoria, inclusive, con el fin de designar contralor general de la República, para lo que resta del período constitucional”[10].

 

Con la suspensión en firme y la designación como contralor encargado del vice contralor, Carlos Mario Zuluaga, Rodríguez comenzó un litigio que ha tenido varias partes y que hasta el momento, lo sigue teniendo alejado del cargo.

 

La primera maniobra fue interponer una acción de tutela ante el Consejo de Estado alegando que sus derechos habían sido vulnerados, destacando entre esos, la violación de su derecho constitucional de elegir y ser elegido, a acceder a cargos públicos y al acceso efectivo a la administración de la justicia.

 

El Consejo de Estado por medio de la sección segunda se pronunció y desestimo las medidas propuestas por el ex contralor, al no encontrar probado ninguno de los defectos probados en la tutela.

 

Debido a que el equipo defensor de Rodríguez impugnó el fallo del Consejo de Estado, el proceso fue trasladado a la Corte Constitucional a finales de septiembre de 2023 cuando fue seleccionado por la Sala de Selección número nueve[11]. En noviembre de ese mismo año fue entregado a la Magistrada Cristina Pardo.

 

Para el 31 de enero de 2024, la Corte Constitucional solicitó la suspensión del proceso de escogencia y convocatoria que adelantaba el Congreso de la República mientras define la situación de la tutela. Para esto, emitió medidas cautelares por dos meses para la recolección de pruebas, las cuales fueron solicitadas a la secretaría general del Congreso el día 12 de febrero de 2024. La entrega del expediente con las pruebas las hizo la secretaría general el día 19 de febrero de 2024.

 

La sentencia

 

El 24 de abril de 2024, la Corte Constitucional en su actuación como órgano de cierre, determinó que en el proceso de Carlos Hernán Rodríguez sí se estaba violando el derecho del accionante para “elegir y ser elegido”. Pero a la vez decretó que el proceso de nulidad sobre el cual se accionó a Rodríguez contaba con toda la validez dado el alcance que tuvieron los fallos previos y los errores que se cometieron en el Congreso de la República para confeccionar y reconfeccionar la lista final de diez elegibles.

 

Sin embargo, la Corte deja en claro que el proceso no puede seguir prorrogándose y debe subsanarse desde la parte en la que se cumplió con el trámite previsto legalmente. Es decir, reformular la lista de diez elegibles basados en mérito y paridad de género, según los puntajes obtenidos por cada uno de los 20 elegidos por la UIS, lo que debe dar como resultado una lista final de 10, con 5 hombres y 5 mujeres.

 

Todas las actuaciones que ocurrieron antes de la confección de la última lista que fue la que dio a Carlos Hernán como vencedor quedan anuladas y el proceso debe dar paso a una constatación de candidatos habilitados e inhabilitados al día de hoy[12].

 

El nuevo cronograma

 

Acatando la sentencia de la Corte Constitucional, el Congreso de la República en cabeza de la mesa directiva convoca el proceso final con el cual se espera se subsanen los errores y de como resultado la elección definitiva del contralor general.

 

Según el calendario el 27 y 28 de mayo la nueva comisión accidental, definirá quienes son los últimos 10 aspirantes que saldrán de la siguiente lista de 20 totales:




Estos 20 candidatos, son aquellos que lograron los mejores resultados en el proceso que llevó a cabo la Universidad Industrial de Santander. La lista de diez saldrá de la ponderación final que haga la comisión accidental y según el mérito por el resultado que hayan obtenido en las pruebas de conocimiento.

 

Con los die nombres finales la mesa directiva del Congreso convocará el 5 de junio a la elección de contralor, la cual está programada para el 12 de junio con el congreso en pleno.

 

Sin embargo, no todo está tan claro, ya que de los diez candidatos finales que se cree que van a salir hay varios que ya no harán parte del proceso, bien sea porque están inhabilitados, tal y como es el caso de Andrés Castro Franco quien en la actualidad ejerce como Personero de Bogotá, lo que lo deja fuera de carrera de manera inmediata.

 

De igual manera, otro candidatos como María Fernanda Rangel, quien en las primeras listas sonó como la candidata más opcionada, no se sabe si decidirá aspirar y desgastarse una vez más en un proceso lleno de baches y pantanos jurídicos que pueden arriesgar la legitimidad del mismo candidato que resulte ungido.

 

La importancia de los organismos de control

 

Dentro de todas las conclusiones y suspicacias que caen sobre el fallido proceso de la contraloría queda en el aire el tema de la importancia que tienen los organismos de control. La interinidad o las dilaciones en los procesos de selección de las direcciones se ha convertido en un común denominador dentro del andamiaje institucional.

 

Si bien es cierto, que para el caso puntual de la contraloría, es la primera vez que hay una interinidad en la cabeza de la entidad, si se piensa en clave de la descentralización, la interinidad y la destitución en los departamentos y municipios se ha convertido en el pan de cada día.

 

Debido a que este organismo de control fiscal se ha convertido en un fortín político a nivel nacional y a nivel regional, son los políticos y los partidos los que determinan quién, cómo y cuándo escogen al contralor de turno que se encargue de la vigilancia fiscal. Es cierto que ha sido la ley y la Constitución las que ordenan que sean esas corporaciones las que elijan a los entes de control, sin embargo, la situación constante y permanente alerta sobre la nocividad de que sean los políticos los que elijan a aquellos que los vigilarán.

 

Sin lugar a dudas, la elección del contralor general ha dejado abierto el debate del carácter electoral que está en manos del Congreso y de las Asambleas y Municipios. Su descentralización garantizaría una independencia que es tan necesaria para el órgano fiscal, dejando de un lado los padrinazgos y los intereses personales que se mueven dentro de este tipo de procesos.

 

Por lo pronto, todo indica que el nuevo contralor será nuevamente Carlos Hernán Rodríguez Becerra quien cumplirá su periodo después del truculento proceso que dejó al país con un contralor interino y con un cisma dentro del órgano de control fiscal.

 

El debate sigue abierto y se espera que el 12 de junio concluya definitivamente el proceso que empezó por allá en 2022 y que hasta ahora sigue siendo uno de los grandes pantanos políticos que ha rodeado al gobierno del presidente Petro.



 


[6] Auto interlocutorio No 2022 – 07 – 306 AP

[12] Sentencia Corte Constitucional SU 138/24


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