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La revolución de las comunidades energéticas

Por: Andrés Camacho




Las comunidades energéticas son un pilar de la transición energética justa propuesta por el Gobierno del Cambio del presidente Gustavo Petro. Esto por varias razones, en primer lugar, hay que recordar que Colombia enfrenta desigualdades históricas en el acceso a la energía. Más de la mitad del territorio nacional se encuentra sin conexión a energía eléctrica o con una conexión inestable. Más de 500.000 hogares en el país no cuentan con el servicio de energía eléctrica, la mayoría de ellos ubicados en zonas rurales llamadas Zonas No Interconectadas (ZNI).



Mayoritariamente, en los municipios ubicados en ZNI la única energía disponible es de fuente fósil. Cerca del 85% usa diésel como combustible para la generación de energía eléctrica, lo cual, por supuesto, trae consigo impactos negativos para ciudadanos y territorios, especialmente en materia de emisiones, costos y riesgo ambiental. Por otra parte, Colombia ha enfrentado un incremento en las tarifas de energía eléctrica en la última década, especialmente en el Caribe colombiano. El incremento de las pérdidas técnicas y no técnicas, así como el creciente costo de la generación son parte del problema, lo cual se debe a un mercado que no funciona bajo las reglas de libre competencia. De hecho, si bien contamos con cerca de 80 empresas generadoras de energía en el país, solo 5 controlan el 70% de la capacidad de generación en Colombia. Es decir, en el mercado de energía eléctrica colombiano se presenta una estructura oligopólica. Esta situación ha generado problemas sociales, técnicos y económicos.


Esto indica que hacer una Transición Energética Justa en un país como Colombia pasa por resolver estos problemas de acceso, costo e impacto ambiental. Por este motivo, este gobierno se haya propuesto superar la pobreza energética profundizando lo que se llama democracia energética, entendida como el acceso equitativo a la energía, mediante un modelo energético renovable, participativo e inclusivo, habilitando la participación de comunidades que han sido afectadas en su territorio o que requieren soluciones urgentes para el acceso a estos servicios públicos fundamentales. Es por ello que, cumpliendo el programa del gobierno del cambio, nos propusimos desarrollar el más ambicioso programa de acceso a la energía, las comunidades energéticas. 


El reto no era menor, en cuanto a los aspectos técnicos era necesario diseñar soluciones que permitieran el uso asociativo de energías limpias y que fueran de rápida instalación y fácil montaje. Fue necesario casi un año para tener listas redes, micro redes y nano redes como solución para las comunidades. Así fue como se puso en funcionamiento la primera la primera aplicación de la tecnología propia para uso comunitario, fue instalada en la Guajira y bautizada Miichi Ka’i que en wayuunaiki significa Casa del Sol. A la par, se inició el proceso contractual para lograr masificar dichas soluciones energéticas, contratación que también se diseñó para que fuese democrática, transparente y eficaz. Con una convocatoria exitosa se lograron identificar 18 mil organizaciones, cooperativas, asociaciones, juntas, comités y consejos con intención de convertirse en una Comunidad Energética. Con la ingeniería lista, las comunidades identificadas y los procesos administrativos en marcha, era necesario asegurar el marco jurídico para construirlas, y para que así se convirtieran en el principal legado del gobierno del cambio en materia de democracia energética. Por más de un año, se construyó el decreto que le daría vida a las COMUNIDADES ENERGÉTICAS en Colombia, se expidieron dos resoluciones con los procedimientos de focalización para su financiación y fue creado el RUCE – Registro Único de Comunidades Energéticas. Este fue el camino para la puesta en funcionamiento de las primeras 300 que ya existen en el país, entre ellas, Comunidades Energéticas de Salud para Hospitales públicos, Comunidades Energéticas Educativas para Colegios y Universidades, Comunidades Energéticas de Paz para firmantes y territorios PDET, para Juntas de Acción Comunal, tiendas y plazas de mercado, así como las primeras Comunidades Energéticas para pueblos indígenas y Afro. Colombia ya tiene operando el mayor número de Comunidades Energéticas de iniciativa gubernamental del continente y dejamos contratadas 1000 más. Esto es una revolución.




De hecho, en un reciente documento publicado por la Agencia Internacional de Energía sobre el auge de las comunidades energéticas en América Latina (https://www.iea.org/commentaries/bottom-up-energy-transitions-managing-the-rise-of-energy-communities-in-latin-america), se destaca el papel de Colombia en una región en donde varios países están implementando programas para apoyar la creación de iniciativas energéticas comunitarias. Países como Brasil o Costa Rica tienen una larga experiencia en el desarrollo de mecanismos cooperativos para garantizar acceso a la energía. Uno de estos casos de éxito es RevoluSolar en Río de Janeiro, comunidad energética que tuve la fortuna de conocer. Esta cooperativa se financia con fondos propios, fondos públicos y de cooperación internacional, y sus miembros pueden unirse a la cooperativa sin costo alguno y beneficiarse de menores costos en las facturas de electricidad.


En este camino, la mayoría de los países han desarrollado regulaciones para la generación de energía descentralizada. Sin embargo, esto no es suficiente, estas regulaciones se quedan cortas a la hora de abordar las particularidades de las comunidades energéticas, los mecanismos de asociación, así como una expansión ordenada, mínimos operativos, técnicos y tarifarios, formas de propiedad y las obligaciones administrativas, la adopción de tecnología o la distribución de beneficios. Todo este marco ya lo posee Colombia, nuestro país se destaca como el primero de la región en promulgar una regulación específica para comunidades energéticas. El decreto 2236 de 2023 define la naturaleza jurídica de las asociaciones, describe sus objetivos dentro del sistema eléctrico colombiano, detalla los tipos de actividades que pueden realizar y establece un organismo regulador. Además, este decreto describe la gestión de los recursos financieros para estos proyectos, proporcionando un marco integral para el desarrollo de las comunidades energéticas.


Completando esta normativa, luego de casi dos años de trabajo, esta semana fue expedida la resolución 101 072 de 2025 (6 abril 2025) con la cual se marca un hito en la historia del Sistema eléctrico colombiano y su democratización. En dicha resolución se establece y reglamenta el proceso de conexión, se definen las fronteras comerciales, el procedimiento para la liquidación de excedentes y su respectiva remuneración. A partir de ahora las Comunidades Energéticas podrán VENDER energía. Con este marco regulatorio, la Revolución de las Comunidades Energéticas no solo será iniciativa gubernamental. Ahora cualquier ciudadano, asociación, organización, empresa o cooperativa podrá hacer su propia inversión e ingresar en el mundo de la Democracia Energética. Serán miles, un ejemplo para el continente y el mundo.

 

 


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